Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivientes de República Dominicana. Una propuesta al Ministerio de Cultura

SISTEMA NACIONAL
DE TESOROS HUMANOS VIVIENTES
DE REPÚBLICA DOMINICANA

Por Carlos Hernández Soto

1. INTRODUCCIÓN

Contexto

Existe una voluntad universal y una preocupación común de salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial de la humanidad, que han sido expresadas en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, aprobada por la Conferencia General de la UNESCO el 17 de octubre de 2003. Esta reconoce que las comunidades, los grupos y los individuos desempeñan un importante papel en la producción, salvaguardia, mantenimiento y recreación de este patrimonio, lo que contribuye a enriquecer la diversidad cultural y la creatividad humana.

Incumbe a cada Estado adoptar las medidas necesarias para garantizar la salvaguardia del patrimonio inmaterial en su territorio. Entre estas medidas se cuentan: 1) identificar y definir sus distintos elementos; 2) salvaguardarlos, mantenerlos y promoverlos; 3) documentarlos debidamente; 4) lograr una amplia participación de las comunidades, grupos e individuos que crean, mantienen y transmiten el patrimonio; y 5) asociarlos activamente a la gestión del mismo.

La protección del patrimonio cultural inmaterial implica velar por la continuidad de las comunidades y grupos depositarios del mismo. Ahora bien, dada la fragilidad de este patrimonio en nuestra sociedad contemporánea y ante la dificultad de su transmisión a las jóvenes generaciones, se hace necesario tener un cuidado especial de los depositarios de los conocimientos y técnicas de dicho patrimonio. Uno de los medios más eficaces para llevar a cabo la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial consiste en garantizar que los portadores del patrimonio prosigan con el desarrollo de sus conocimientos y técnicas, las transmitan a las generaciones más jóvenes y gocen de reconocimiento oficial. En este contexto, la UNESCO recomienda que los estados partes de la Convención establezcan sistemas nacionales de Tesoros Humanos Vivientes.

Marco conceptual

Algunos conceptos se consideran claves para la estructuración e intelección de un Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivientes. En la clarificación de estos conceptos se siguen las pautas de la UNESCO.

– Patrimonio cultural inmaterial

Se entiende por patrimonio cultural inmaterial (PCI), “los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana” (Art. 2,1 de la Convención de 2003).

– Salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial

Se entiende por salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, “las medidas encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas la identificación, documentación, investigación, preservación, protección, promoción, valorización, transmisión –básicamente a través de la enseñanza formal y no formal- y la revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos” (Art. 2.3 de la Convención de 2003).

– Tesoros Humanos Vivientes

Los Tesoros Humanos Vivos son individuos o grupos que poseen en sumo grado las habilidades y técnicas necesarias para mantener, crear o producir determinados elementos del patrimonio cultural inmaterial. Estos son seleccionados por sus comunidades y el Estado como testimonios de sus tradiciones culturales vivas y del talento creativo de comunidades y grupos presentes en su territorio (UNESCO, Directrices para la Creación de Sistemas Nacionales de Tesoros Humanos Vivientes, numeral 2).

– Sistema

Se entiende aquí por sistema, un conjunto de elementos interdependientes que constituyen un todo organizado de tal manera que, obedeciendo a determinados principios y procedimientos, conduce a resultados esperados.

El sistema y sus objetivos

El Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivientes se compone de los elementos aquí presentados, organizados en forma lógica y coherente, de tal manera que, si se siguen los principios y procedimientos propuestos, se obtendrán resultados coherentes con los objetivos: la promoción y protección de los depositarios del patrimonio cultural inmaterial y la transmisión de sus conocimientos y técnicas sobre dicho patrimonio.

En concordancia con esto, los objetivos perseguidos por el Sistema Dominicano de Tesoros Humanos Vivientes son los siguientes:

1) Garantizar sistemáticamente el reconocimiento público a las personas y grupos que poseen en grado sumo o eminente conocimientos, técnicas y destrezas sobre determinados aspectos del patrimonio cultural inmaterial.

2) Preservar los conocimientos y técnicas necesarios para la realización, ejecución o creación de expresiones culturales que el país considera de gran valor histórico, artístico o cultural.

3) Asegurar ayudas o subvenciones especiales a los Tesoros Humanos Vivientes a fin de que éstos asuman con decoro y sin mayores estrecheces sus obligaciones de transmitir sus conocimientos y destrezas a las nuevas generaciones.

4) Establecer medidas eficaces para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial relacionadas con sus depositarios en cuanto a la formación de éstos y la documentación y difusión de sus conocimientos y técnicas.

Utilidad del Sistema de Tesoros Humanos Vivos

El Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivientes presenta evidentes ventajas.

1. Asegura la salvaguardia de determinados aspectos del patrimonio cultural inmaterial a través de:

– la valorización, promoción y protección de los individuos y grupos portadores del patrimonio cultural inmaterial;

– la transmisión a las nuevas generaciones de conocimientos y técnicas sobre este mismo patrimonio.

2. Garantiza ayudas o subvenciones económicas especiales a los Tesoros Humanos Vivientes a fin de que puedan asumir con decoro su responsabilidad de transmitir sus conocimientos y destrezas a las nuevas generaciones.

2. ELEMENTOS DEL SISTEMA

2.1 Disposiciones legales

El Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivientes propuesto se enmarca dentro de la Ley 41-00 del 28 de junio de 2,000 y del decreto No. 1009-01 del 9 de octubre de 2001.

La Ley 41-00 entiende por patrimonio cultural “todos los bienes, valores y símbolos culturales tangibles e intangibles que son expresión de la Nación dominicana, tales como las tradiciones, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes (…) que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, documental, literario, bibliográfico, museográfico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular” (Título I, Art. 2).

Mediante el Decreto No. 1009-01, el Poder Ejecutivo creó el Registro Nacional de los Bienes Culturales Intangibles del Patrimonio Cultural Dominicano y lo puso a cargo del Centro de Inventario de Bienes Culturales. En el mismo decreto se definen como bienes culturales intangibles, “aquellos que componen el conjunto de formas de la cultura tradicional y popular o folclórica, es decir, las obras colectivas que emanan de una cultura y se basan en la tradición”. Se ejemplifican como tales las tradiciones orales, las costumbres y las lenguas, los modos del habla, la música, los bailes, los rituales, las leyendas, los mitos, los cantos y poemas populares, los juegos, la fiestas tradicionales, patronales y carnavalescas, la medicina tradicional, la farmacopea, las artes culinarias y todas las habilidades especiales relacionadas con los aspectos materiales de la cultura, tales como las herramientas y el hábitat. En su clasificación de los bienes culturales, el decreto citado se refiere a los conocimientos y a las prácticas culturales y señala que para el registro de los bienes culturales ha de tomarse en cuenta la continuidad histórica y su relevancia nacional para la memoria, la identidad y la formación de la sociedad dominicana.

Se propone que, en consonancia con la Ley 41-00 y el Decreto No. 1009-01, el Sistema Dominicano de Tesoros Humanos Vivientes se cree mediante Decreto del Poder Ejecutivo a solicitud de la Secretaría de Estado de Cultura.

2.2 Elementos del Patrimonio Cultural Inmaterial a ser salvaguardados

El Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivientes cubrirá los elementos del patrimonio cultural inmaterial que se hallen en peligro de extinción, que se consideren de relevancia histórica y cultural y que actualmente no sean objeto de premios o galardones anuales o periódicos. Las áreas a cubrir son las siguientes:

1) Artes visuales:

-dibujo y pintura con motivos tradicionales
-escultura inspirada en elementos culturales tradicionales

2) Artes del espectáculo:

-música, cantos y bailes tradicionales
-teatro popular
-festivales tradicionales
-carrnavales populares

3) Literatura oral
-poesía
-cuentos
-mitos
-leyendas
-refranes
-adivinanzas

4) Prácticas socio-religiosas

-fiestas patronales
-ceremonias y ritos
-organizaciones y sociedades tradicionales

5) Saberes prácticos tradicionales y populares

-arquitectura tradicional vernácula
-oficios tradicionales (carpintería, albañilería, herrería, zapatería,
talabartería, modistería, sastrería, joyería y orfebrería, confección de
bordados y cigarros, etc.)
-artesanía tradicional (en madera, piedra, piedras preciosas y
semipreciosas, barro, fibras, papel maché, charamicos y otros
materiales)
-fabricación de instrumentos musicales y de trabajo
-medicina tradicional y farmacopea
-artes culinarias tradicionales
-juegos y deportes populares

2.3 Organización del sistema

a) Organismo rector

El organismo rector del Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivientes es la Secretaría de Estado de Cultura, que está llamada a (Ley 41-00, Art. 5):

– “Preservar el patrimonio cultural tangible e intangible de la Nación como elemento fundamental de la identidad nacional”; y

– “Apoyar y estimular a las personas, comunidades e instituciones dedicadas al desarrollo o a la promoción de las expresiones artísticas y culturales en los diferentes ámbitos territoriales”.

b) Equipo de expertos

1) Miembros

El Secretario de Estado de Cultura nombrará un equipo de cinco consultores honorarios, representativos de las áreas señaladas del patrimonio cultural inmaterial, a saber: artes visuales, artes del espectáculo, literatura oral, prácticas socio-religiosas y saberes prácticos tradicionales y populares.

Los miembros de este equipo provendrán de instituciones culturales, universidades, comunidades y personas reconocidas en el ámbito cultural.

La duración de su mandato será por dos años prorrogables a cuatro y se reunirá con la frecuencia que dicten sus necesidades.

El equipo de expertos deberá ser auxiliado por un Secretariado Ejecutivo Permanente.

2) Funciones y tareas

La función fundamental del equipo de expertos es hacer recomendaciones a la Secretaría de Estado de Cultura para el establecimiento y manejo del Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivientes. A grandes rasgos, asumirá las siguientes tareas:
– Tomar las medidas oportunas para promover el reconocimiento de los
Tesoros Humanos Vivos.
– Inventariar los Tesoros Humanos Vivos dentro de cada área del
patrimonio cultural inmaterial.
– Identificar y seleccionar a los posibles candidatos.
– Adoptar un programa que garantice la transmisión de los conocimientos
teóricos y prácticos de los Tesoros Humanos Vivientes.
– Asegurar que sean otorgados sin falta y a tiempo los subsidios
económicos acordados a los seleccionados como Tesoros Humanos
Vivos.

2.4 Criterios y procedimientos de selección

a) Criterios de selección

Se podrán designar como Tesoros Humanos Vivientes a personas individuales (designación individual) o grupos (designación colectiva). En ambos casos, la designación se hará siguiendo los siguientes criterios:

1) El candidato debe ser reconocido como perteneciente a una comunidad de cualquier lugar de República Dominicana.
2) El candidato debe ser portador de perpetuar una expresión cultural existente y que esté documentada desde hace al menos cincuenta años.
3) El candidato debe haber demostrado excelencia en la aplicación del conocimiento y de las técnicas relacionadas con la expresión cultural que se quiere salvaguardar.
4) El candidato debe haberse dedicado plenamente a su actividad al menos durante veinticinco años.
5) El candidato debe gozar de una sólida reputación técnica y ética como depositario y/o maestro consumado en el ámbito de su actividad cultural.
6) El candidato debe haber demostrado en la práctica su voluntad de transmitir sus conocimientos y técnicas a otros miembros de su comunidad.

b) Procedimiento de selección

En el proceso de selección, se seguirán los siguientes pasos:

1) Cada dos años, el equipo de expertos determinará qué aspectos del patrimonio cultural inmaterial serán galardonados durante la próxima proclamación.
2) El equipo de expertos anunciará, a través de la prensa escrita, que queda abierta la presentación de candidaturas, individuales o de grupos, en el área del patrimonio cultural inmaterial previamente seleccionada, y fijará el plazo para su entrega, a fin de que personas, grupos e instituciones remitan sus candidaturas al equipo de expertos mediante un formulario ad hoc en que se consignarán los datos sobre los candidatos. Al mismo tiempo, el equipo de expertos confeccionará su propia lista de personas y/o grupos de posibles candidatos a ser seleccionados y llevará a cabo una encuesta sobre los mismos.

El formulario de datos sobre el candidato (individual o grupal) contendrá: nombre y apellidos del candidato, edad, estado civil, composición familiar, localidad en que se desenvuelve, dirección y teléfono, área del patrimonio cultural inmaterial en que sobresale, descripción detallada de la labor realizada para perpetuar sus conocimientos y técnicas, tiempo de su dedicación a la actividad, cómo ha adquirido sus conocimientos y técnicas, eventos en los que ha participado, su motivación y aptitud para traspasar a otros sus conocimientos y habilidades, y a quiénes se propone transmitirlos.
3) El equipo de expertos examinará las candidaturas remitidas y hará un cotejo con su propia lista y los datos de su encuesta siguiendo los criterios de selección. Finalmente, seleccionará las cinco candidaturas más sobresalientes.
4) Las personas o grupos seleccionados deberán ser validadas en la comunidad a que pertenecen.
5) El equipo de expertos presentará al Secretario de Estado de Cultura, para su aprobación, la lista de personas y/o grupos seleccionados.
6) El Secretario de Estado de Cultura aprobará o hará sus observaciones a la lista de personas y/o grupos seleccionados.
7) Los seleccionados definitivamente serán proclamados como Tesoros Humanos Vivientes el 10 de diciembre del año, Día del Patrimonio Nacional, en un solemne acto presidido por el Secretario de Estado de Cultura.

A cada persona o grupo proclamado se le entregará en dicho acto un diploma que lo acreditará como “Tesoro Humano Viviente de República Dominicana, un premio en metálico y un documento que lo faculta, a partir de ese momento, a recibir una pensión mensual y a gozar de un seguro de enfermedad.

2.5 Derechos y obligaciones de los Tesoros Humanos Vivos

Las personas o grupos proclamados como Tesoros Humanos Vivientes contraen ipso facto derechos y obligaciones.

a) Derechos

Los Tesoros Humanos Vivientes tienen derecho a una asignación económica mensual fijada por la Secretaría de Estado de Cultura, a un seguro de enfermedad y a eventuales subvenciones para programas de formación y perfeccionamiento.

b) Obligaciones

A cambio de estas ventajas, los Tesoros Humanos Vivientes están obligados a continuar poniendo en práctica, con abnegada entrega, sus conocimientos y técnicas en el área de su actividad cultural y a transmitirlos a las generaciones siguientes. La persona o grupo designado como Tesoro Humano Vivo debe indicar a quiénes transmitirá sus conocimientos y técnicas y, una vez proclamado, comenzará de inmediato esta labor.

La Secretaría de Estado de Cultura ejercerá funciones de control y supervisión de las actividades de salvaguardia de los Tesoros Humanos Vivos para asegurarse de que éstos asuman correctamente todas sus responsabilidades.

En el caso de que un Tesoro Humano Viviente no cumpla con las obligaciones contraídas, podrá sufrir sanciones que pueden llegar al retiro del título otorgado.

A la muerte de un Tesoro Humano Viviente, éste pasará a formar parte de la galería de “Tesoros Humanos de la Cultura Dominicana”.

2.6 Medidas de salvaguardia

Como parte del Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivientes, la Secretaría de Estado de Cultura tomará medidas para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial relacionadas con sus depositarios, los Tesoros Humanos Vivos.

a) Formación

La Secretaría de Estado de Cultura organizará programas eficaces de formación con la participación de los Tesoros Humanos Vivientes a fin de asegurar que sus conocimientos y técnicas pasen de una generación a otra. A este fin la Secretaría de Estado de Cultura les brindará apoyo técnico y económico.

b) Documentación

La Secretaría de Estado de Cultura emprenderá o facilitará, en colaboración con otros organismos e instituciones competentes, la documentación apropiada de los conocimientos y técnicas empleados por los Tesoros Humanos Vivientes recurriendo a todos los métodos modernos disponibles: vídeos, películas, grabaciones (CDs, DVDs), transcripciones, etc.

c) Difusión

El Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivientes procurará garantizar la sensibilización continua de la población con respecto a los Tesoros Humanos Vivientes mediante:

1) Realización de actividades acordes con la naturaleza de las expresiones culturales de los Tesoros Humanos Vivientes: celebraciones, talleres, demostraciones, representaciones, exposiciones, etc.;
2) Promoción de la investigación sobre el patrimonio cultural inmaterial y elaboración de documentos impresos, de audio, vídeo y multimedia relacionados con el patrimonio cultural inmaterial;
3) Introducción del patrimonio cultural inmaterial en los programas nacionales de educación.

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Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivos en los Países del Caribe: Guía Metodológica para su Establecimiento

SISTEMA NACIONAL DE TESOROS HUMANOS VIVOS
EN LOS PAÍSES DEL CARIBE

Guía metodológica para su establecimiento

Carlos Hernández Soto

1. INTRODUCCION

Problema enfrentado

– Gran parte del patrimonio cultural inmaterial (PCI) se halla en peligro de extinción debido a múltiples causas:

. globalización

. falta de recursos económicos

. disminución del número de personas depositarias de los conocimientos y
técnicas sobre dicho patrimonio

– Modo de contrarrestar esta situación:

. Identificar los elementos del patrimonio cultural inmaterial a ser
salvaguardados

. Emprender acciones de salvaguardia

. Garantizar que los depositarios y detentores de de ese patrimonio prosigan
desarrollando sus conocimientos y técnicas y los transmitan a las nuevas
generaciones

– Una de las maneras más eficaces para desarrollar esto es establecer un SISTEMA NACIONAL DE TESOROS HUMANOS VIVOS.

Marco conceptual

– Tesoros Humanos Vivos

Personas o grupos que poseen en grado sumo los conocimientos, habilidades y técnicas para mantener, crear o producir determinados elementos del patrimonio cultural inmaterial. Estas personas o grupos:

. son capaces de transmitir sus conocimientos, habilidades y técnicas
. son reconocidos por sus comunidades
. y son seleccionados por el Estado como testimonios de sus tradiciones
culturales vivas

– Patrimonio cultural inmaterial

. Patrimonio cultural: herencia cultural que se herenda y se transmite de
generación en generación

. PCI: “los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas
(junto con los objetos, artefactos y espacios culurales que les son
inherentes) que las comunidades y los grupos reconocen como parte de
su patrimonio cultural”.

– Salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial

. Salvaguardia: acción de salvar, proteger

. Salvaguardia del PCI: emprender medidas de protección a fin de que el
PCI se haga viable a través de: identificación, documentación, investigación,
preservación o protección, valorización, transmisión y revitalización de
dicho patrimonio.

– Sistema

Un conjunto de elementos interdependientes coherentemente organizados de tal manera que, obedeciendo a principios y procedimentos, conduce a resultados esperados.

Un Sistema Nacional de Tesoros Humanos Vivos se compone, por consiguiente, de un conjunto de elementos coherentemente organizados que establece las normas y procedimientos de cada país para lograr la promoción y protección de los depositarios del patrimonio cultural inmaterial y la tansmisión de sus conocimientos y técnicas sobre dicho patrimonio.

Situación actual del Sistema de Tesoros Humanos Vivos

– Se debe partir de la situación actual en el país de los depositarios y portadores de los THV.

– Hay un documento elaborado sobre esta situación en Aruba, Cuba, Haití y República Dominicana. Se ha de enriquecer con los participantes en este encuentro.

2. METODO PARA ESTABLECER EL SISTEMA

– Método: el procedimiento general para establecer el Sistema de THV

– No hay un solo método. Y no se trata de dar recetas. Se trata de:

. tener claro lo que se quiere lograr
. establecer el procedimiento (pasos a seguir)
. seguir el procedimiento
. evaluar lo realizado
. dejar establecido el sistema

– Sugerimos dar los siguientes pasos:

PASO 1: Establecer los elementos fundamentales del sistema

Después de estudiar los Sistemas de THV establecidos en varios países
(Corea, Filipinas, Tailandia, Francia, la República Checa, Argelia, Túnez…) y
de consultar la guía de la UNESCO, sugerimos los siguientes elementos:

– Marco legal
– Areas del patrimonio a ser salvaguardadas
– Organización administrativa
– Criterios y procedimiento de selección de los THV
– Derechos y obligaciones de los THV
– Medidas de salvaguardia

PASO 2: Elaborar un texto de base

– Siguiendo el hilo conductor de los elementos fundamentales del sistema,
proceder a redactar un texto de base, teniendo en cuenta la situación del país.

– Se recomienda:
. Elaborar un índice
. Redactar cada punto de él
. Darle estructuración y coherencia unitaria

PASO 3: Validar con expertos el texto redactado

Una vez redactado el texto de base, procede validarlo con expertos en

– patrimonio inmaterial (áreas del patrimonio)
– aspectos jurídicos
– aspectos administrativos (económicos, gerenciales)

PASO 4: Incorporar al texto redactado las observaciones y sugerencias del
equipo de expertos

PASO 5: Someter la propuesta resultante , para su aprobación, a las
autoridades competentes

PASO 6: Establecer los mecanismos para poner en marcha el sistema

3. ESTRUCTURA FUNDAMENTAL DEL SISTEMA (INDICE DEL TEXTO)

1. INTRODUCCION

1.1 Contexto

(Situación mundial a la luz de la Convención del
2003, situación nacional)

1.2 Marco conceptual

(Clarificar los conceptos más importanes recurrentes en el sistema)

1.3 El sistema y sus objetivos

(En qué consiste el Sistema Nacional de THV y cuáles son sus objetivos)

2. ELEMENTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE THV

2.1 Marco legal
2.2 Áres del Patrimonio Cultural Intangible
2.3 Organización administrativa del sistema
2.4 Criterios y procedimientos de selección de los THV
2.5 Derechos y obligaciones de los THV
2.6 Medidas de salvaguardia

4. PAUTAS PARA LA REDACCION DEL TEXTO DEL SISTEMA

– Sobre el Marco legal:

. Se consignan aquí las disposiciones legales en que se enmarca el Sistema
de THV en el país.

. No es absolutamente necesario crear el sistema amparado en una ley
Nacional. Pero hacerlo así tiene sus ventajas:

* se garantiza su continuidad en el tiempo;
* se ofrece al público la posibilidad de conocer el sistema y exigirlo;
* se aseguran los fondos necesarios para su funcionamiento.

– Sobre las Areas del Patrimonio Cultural Inmaterial

. Se definen aquí qué elementos del PCI que han de ser salvaguardados.

. Existen varias opciones para esto:

1) Cubrir todos los aspectos en todo el territorio
2) Cubrir sólo algunos aspectos en todo el territorio
3) Cubrir algunos aspectos en parte del territorio
4) Cubrir algunos aspectos que estén en peligro de extinción para poner a prueba el sistema

– Sobre la Organización administrativa del sistema

. Establecer qué organismo o institución se encargará de la gestión y
administración del sistema (p. ej., Ministerio de Cultura).

. Determinar cuáles mecanismos se van a utilizar para la ejecución de las
normas y procedimientos establecidos en el sistema (p. ej., una comisión o
equipo de expertos juntamente con un secretariado ejecutivo).

– Sobre los Criterios y procedimientos de selección de los THV

Aquí se establecen los criterios que se van a seguir en la selección de los THV y los procedimientos para dicha selección.

La UNESCO recomienda:

1) Criterios para seleccionar las áreas del PCI a ser salvaguardadas:

. su valor en cuanto creación de un grupo o comunidad
. su arraigo en las tradiciones culturales y sociales
. su carácter representativo dentro de un grupo o comunidad
. su riesgo de desaparición

2) Criterios pra seleccionar a los THV

. excelencia en la aplicación de los conocimientos y técnicas
. plena dedicación a su actividad por parte de la persona o grupo
. capacidad de la persona o grupo para desarrollar más profundamente sus
conocimientos y técnicas

– Sobre los derechos y obligaciones de los THV

Se consignan aquí los derechos que se reconocen a los THV y las obligaciones que contraen.

. Derechos más comunes:
http://
* Asignación económica mensual
* Seguro de enfermedad
* Seguro de vida
* Eventuales subvenciones para programas de formación y/o
perfeccionamiento de las técnicas

. Obligaciones más comunes:

* Continuar poniendo en práctica sus conocimientos y técnicas
* Transmisión de sus conocimientos y técnicas
* Perfeccionamiento en sus técnicas

– Sobre las Medidas de salvaguardia

. Se trata de las medidas que implementará el organismo encargado de la
gestión y administración del sistema para la salvaguardia del PCI
relacionado con los THV.

. Estas medidas se refieren a:

* Programas de formación para asegurar que los conocimientos y
técnicas de los THV pasen de una generación a otra

* Documentación de los conocimeintos y técnicas de los THV
(escritos, grabaciones,videos, DVD, películas)

. Difusión de las expresiones del PCI y de los conocimentos y técnicas
de los THV mediante:

* Promoción de las actividades propias de los THV para que la gente
participe

* Divulgación de investigaciones, documentales, materiales
educativos, videos y multimedia en general.

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San Pedro de Macorís, tierra de Guloyas

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EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

Tema 6. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

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EL Baile del Buey

EL BAILE DEL BUEY REPRESENTADO NUEVAMENTE
EN SAN PEDRO DE MACORÍS

Por Carlos Hernández Soto

De acuerdo a Adolfo Nadal Walcot, el baile del Buey llegó al ingenio Angelina en 1929 a través del ciudadano de Saint Kitts Mr. Pata Seco Hendrik.

El baile cuenta la historia de un rico hacendado que posee mucho ganado y se le enferma su mejor buey. Deseoso de sanarlo, manda a buscar a un veterinario. Llegado éste, intenta por varias horas sanar al animal, pero no lo logra.

Entonces uno de los trabajadores de la finca recomienda al patrón buscar a un brujo a fin de que cure al buey. Al brujo lo traen con música y fiesta y logra su objetivo: revivir al buey. Cuando el buey se levanta sano y salvo, comienza la fiesta al son de flauta, pandero, triángulo, tambor mediano y kettle drum.

Los personajes de la obra son: el hacendado, el buey, el doctor veterinario, el brujo (obiaman), el personal de la hacienda y los músicos.

Esta pieza teatral fue representada en el poblado del antiguo ingenio Angelina el domingo 20 de diciembre de 2009 en el Parque dedicado a Doña Digna Piña, como parte del Tercer Festival de la Cultura Cocola Good Morning Guavaberry 2009, patrocinado por la Secretaría de Estado de Cultura de la República Dominicana. La puesta en escena de la obra comenzó alrededor de las once de la mañana tras el desfile danzado de los componentes del grupo de artistas callejeros. En la tarde se repitió la representación durante el acto-homenaje a los Guloyas fenecidos que se realizó frente a la casa de Donnal Hulester Warner Henderson (alias Linda) en el barrio Miramar de San Pedro de Macorís. El grupo de teatristas danzantes que la representó estuvo dirigido por la Sra. Lourdes Van Heningen, la más antigua memoria de la pieza recuperada, y el músico Ricardo Luis Rivera, alias Cachemí, bajo la coordinación general del artista plástico Adolfo Nadal Walcot. La pieza de teatro no se representaba desde los años setenta del siglo XX.

Diciembre 22, 2009.

Ver fotos en anexo

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